Herederos e interesados
Se identifican vínculos y personas que pueden tener derecho a intervenir.
Cuando los interesados están de acuerdo y la vía notarial resulta procedente, organizamos la documentación, revisamos herederos, bienes, obligaciones y el trabajo necesario para preparar el trámite sucesoral.
La existencia de acuerdo entre los interesados es un elemento central para evaluar la vía notarial, pero también deben revisarse documentos, bienes, deudas y circunstancias familiares antes de iniciar.

Los herederos identificados están de acuerdo en iniciar y adelantar la sucesión.
Necesitan saber qué documentos civiles y de los bienes deben reunir.
Hay inmuebles, vehículos u otros activos que deben inventariarse y adjudicarse.
Quieren revisar deudas, obligaciones o información fiscal antes de presentar el trámite.
Existe testamento o sucesión intestada y necesitan confirmar cómo impacta la vía escogida.
→ Si se identifica con alguna de estas situaciones, puede solicitar una valoración de su caso.
Se identifican vínculos y personas que pueden tener derecho a intervenir.
Verificamos si existe consenso suficiente para adelantar la vía notarial.
Se organiza la información de bienes, derechos y obligaciones del causante.
Registros civiles, escrituras, certificados y demás soportes deben corresponder con el caso.
La forma de distribuir los bienes debe quedar documentada y ser jurídicamente viable.
No todos serán necesarios en todos los casos. La lista sirve para identificar qué información ya tiene disponible antes de la valoración.
Confirmamos quiénes deben participar y qué vínculo acredita cada uno.
Relacionamos bienes, derechos y pasivos con sus soportes.
Se organiza la propuesta de partición y adjudicación.
Se estructura la documentación necesaria para adelantar el trámite ante notaría.
La vía notarial parte del acuerdo de los interesados. Cuando existe una controversia que impide ese acuerdo, debe evaluarse la vía judicial.
Sí puede existir trámite notarial en una sucesión intestada cuando se cumplen las condiciones para esa vía. La ausencia de testamento no significa automáticamente que deba ir a juzgado.
El inmueble debe identificarse y documentarse dentro del inventario, y la adjudicación finalmente debe reflejarse en los registros correspondientes.
Sí. Una revisión previa permite identificar faltantes, inconsistencias y posibles obstáculos antes de presentar el trámite.
Contenido informativo revisado el 22 de septiembre de 2026. No sustituye el análisis de un caso particular ni constituye garantía de resultado.
Si ya cuenta con documentos o una decisión relacionada con este asunto, podemos revisar la información disponible y explicarle qué aspectos jurídicos conviene evaluar.